domingo, 8 de julio de 2012

El proyecto para impedir el trabajo los fines de semana está a punto de ser ley.

El cambio de la actual normativa, que ya cuenta con aprobación del Senado, ahora fue avalado por la comisión de legislación del trabajo de la Cámara de Diputados, y afecta a miles de empleados que trabajan sábados y domingos en diferentes comercios, shopping y supermercados.
Una nueva iniciativa que busca modificar el régimen laboral vigente en materia de descansos y compensaciones durante los fines de semana, avanza a paso firme en el Congreso, y preocupa a los empresarios por las implicancias económicas que la misma generará luego de su aprobación. 
 La medida, aprobada por el Senado en 2010, afectará con fuerza a los comercios establecidos en grandes superficies, como por ejemplo los supermercados, que actualmente pueden disponer de los empleados los fines de semana casi sin costo adicional. 
 Sucede que a más de un año y medio de haber recibido luz verde por parte del Senado, la comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados, presidida por el legislador oficialista y asesor legal de la Confederación General del Trabajo (CGT), Héctor Recalde, avaló una inciativa elaborada por los legisladores justicialistas María de los Ángeles Higonet y Carlos Verna que determina nuevas regulaciones para el trabajo realizado los fines de semana. 
 El proyecto establece que el empleado que preste sus servicios entre las 13 horas del sábado y las 24 horas del domingo, "medie o no autorización, sea por las circunstancias previstas en el artículo 203 o por estar comprendido en las excepciones que, con carácter permanente o transitorio se dicten", deberá recibir del empleador el sueldo habitual con el 100% de recargo, "sin perjuicio de su obligación de otorgar franco compensatorio en la semana siguiente". De acuerdo a la Agencia FOIA, en una de las últimas reuniones realizadas por la comisión, este proyecto había sido incluido en el temario y algunos diputados habían manifestado reparos respecto al impacto sobre los rubros basados netamente en la actividad de los fines de semana. Sin embargo, en este nuevo encuentro ninguno levantó la voz y el proyecto se firmó sin discusiones. 
De esta manera, la iniciativa quedó lista para ir al recinto y, si los diputados la aprueban, será convertida en ley. 
La propuesta beneficiaría a quienes están amparados por la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). Es decir, que no sólo alcanzará a los empleados de comercio, sino a todos, más allá de que ese sector será el más favorecido. 
En la actualidad, la LCT establece que corresponde pagar con un 100% de recargo las horas que se trabajen los días sábados -después de las 13 horas-, como así también los domingos y feriados. Asimismo, el marco vigente determina que se debe otorgar un franco compensatorio. Sin embargo, con la posterior publicación del decreto 2284/91 de desregulación económica, dichas restricciones de horarios y días fueron suprimidas para la prestación de servicios de venta, empaque, expedición, administración y otras actividades comerciales afines. 
Así las cosas, las empresas pueden disponer que los empleados trabajen los fines de semana sin que reciban una compensación por hacerlo en esos días, excepto que el convenio colectivo que los agrupe así lo establezca -tal como sucede con quienes se desempeñan en las estaciones de servicio, donde sí está vigente-. 
De aprobarse la iniciativa, no obstante, implicará un fuerte encarecimiento de los costos laborales para los empresarios que opten por abrir sus puertas los fines de semana. Incluso, el incumplimiento en el otorgamiento de los francos será sancionado. Al respecto, el proyecto de ley, que cuenta con aval del Gobierno, plantea dos cambios sustanciales: modifica el artículo 204 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), que es el que establece la prohibición de trabajar desde las 13 horas del día sábado hasta las veinticuatro horas del día siguiente. 
Esta limitación se mantiene en la nueva redacción del artículo, pero cambian los "casos de excepción" respecto de la versión original. La normativa actual fija como tales a situaciones de fuerza mayor, peligros, accidentes o "exigencias excepcionales de la empresa", en base al criterio de "colaborar con el logro de la compañía". 
La nueva propuesta acota a éstas, quedando contemplados sólo los casos de fuerza mayor, peligros, accidentes o aquellos que "las leyes y reglamentaciones prevean", dejando, tal como sostienen los especialistas, un criterio muy ambiguo. 
La normativa vigente le da preponderancia a la empresa y le permite administrar los descansos de los trabajadores en función de las necesidades de producción. En cambio, este punto se modifica con la aprobación del nuevo artículo, dado que el descanso compensatorio se deberá gozar obligatoriamente "en la semana siguiente". 
Por otro lado, los legisladores proponen modificar el artículo 207 de la LCT, que versa sobre los salarios por días de descanso no gozados. Hoy por hoy, la normativa estipula que si se trabajase en la polémica banda horaria del fin de semana y se omitiera dar el descanso compensatorio en tiempo y forma, el empleado puede comunicar formalmente -24 horas antes, como mínimo- que lo tomará a partir del primer día hábil de la semana subsiguiente. 
Si se aprueba, la empresa -además de dar el franco- obligatoriamente tendrá que abonar el salario habitual con el 100% de recargo. 

 Fuente: Urgente24

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