La Archidiócesis de Nueva York, Estados Unidos, celebró la decisión de un juez de la Corte Federal de Distrito en Brooklyn que ordena la primera suspensión permanente para un grupo de demandantes del llamado «mandato antinatalista» del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS), que impone la financiación de fármacos abortivos, anticoncepción y esterilización en los planes obligatorios de salud pagados por empleadores.
(Gaudium Press/InfoCatólica) 20/12/13 9:15 AM. La sentencia fue dada el pasado 16 de diciembre y cobija a las escuelas Cardinal Spellman High School y Monsignor Farrell High School, así como al Sistema de Salud Católico (ArchCare) y los Servicios Católicos de Salud de Long Island. La archidiócesis de Nueva York también demandó la norma, pero no fue tenida en cuenta en la decisión por cuanto las excepciones ya implementadas incluyen a las organizaciones puramente eclesiásticas dedicadas de manera exclusiva al servicio pastoral de los propios fieles, una definición de «empleador religioso» objetada como excesivamente estrecha por la Iglesia en Estados Unidos.
«La archidiócesis de Nueva York acoge y aplaude la meditada decisión del Juez Brian Cogan y su sentencia que sostiene que las llamadas agencias religiosas no exentas tienen derecho a la libertad religiosa», anunció el director de prensa de la archidiócesis, Joseph Zwilling. «La decisión deja en claro que estas entidades no exentas sufrirían daño porque el Mandato las hace cómplices de un plan destinado a dar una cobertura ante la cual tienen una objeción religiosa».
El portavoz recordó la importancia de la libertad religiosa como «nuestra primera libertad», protegida constitucionalmente en Estados Unidos. «Esta decisión apropiada y sabiamente afirma que esta libertad debe extenderse más allá de meramente ser libre de elegir cómo adoramos, y debe incluir cómo actuamos de acuerdo a nuestras creencias religiosas», concluyó.
Una imposición injusta
La «presión coercitiva» en contra de la conciencia de los demandantes observada por el juez se hizo evidente en el dilema de violentar las convicciones religiosas personales de los fieles al acatar la norma o verse obligados a pagar cuantiosas multas por el desacato. Cogan también desestimó el reclamo del HHS de que esta sería la única alternativa viable para proveer los servicios objetados, ya que el estado tendría a su disposición «numerosas alternativas menos restrictivas» que ordenar la cobertura a los empleadores.
En efecto, la decisión de suspender la aplicación del mandato sustenta la argumentación de la Iglesia, que desde el inicio del proceso ha reclamado la imposibilidad de que la administración decida qué constituye o no una institución religiosa y en qué medida los católicos pueden o no objetar en conciencia una norma que se opone directamente a la doctrina moral de la Iglesia. Tras varios intentos fracasados de obtener una corrección de la norma, la estrategia final de enfrentarla en los juzgados comienza a dar frutos notables.
En total, cerca de 300 demandas han sido interpuestas a lo largo del país, de las cuales cerca de 90 casos fueron archivadas mientras que las demás siguen su curso. Varias suspensiones temporales han sido concedidas, lo que hace suponer una posibilidad de éxito para esos procesos. Uno de los casos consiguió ser revisado por la Corte Suprema, de la cual se espera una decisión a mediados de 2014
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