Quieren obligar al Pontífice a responder "sí" o "no" a sus "dudas" sobre la comunión a divorciados
por Jesús Bastante
Un desafío público al Papa. Cuatro de los cardenales más marcadamente ultraconservadores, y que en distintas ocasiones han mostrado su desacuerdo con el pontificado de Francisco y sus reformas, han dado un paso más allá, y han denunciado la "confusión" de algunos puntos de Amoris Laetitia, en especial lo referente a la comunión para los divorciados vueltos a casar.
Se trata de los purpurados alemanes Walter Brandmüller y Joachim Meisner; el italiano Carlo Cafarra y el estadounidense Raymond Burke, que ya firmaron en su día una discutida carta contra el Papa, suscrita por un total de 13 cardenales (aunque al menos cuatro acabaron por echarse atrás), y que ahora han filtrado al vaticanista Sandro Magister un escrito donde cuestionan las enseñanzas de la exhortación post sinodal, aprobada después de dos sínodos y sendas consultas al Pueblo de Dios.
En esta ocasión, la excusa para arremeter abiertamente contra Bergoglio está en que el Papa "ha decidido no responder" a su carta, por lo que interpretan "esta decisión soberana suya como una invitación a continuar la reflexión y la discusión serena y respetuosamente".
En una suerte de excusatio no petita, los cuatro purpurados piden que "nadie interprete el hecho según el esquema ‘progresistas-conservadores': sería una total malinterpretación" y aseguran estar "profundamente preocupados por el verdadero bien de las almas, suprema ley de la Iglesia, y no por hacer progresar en la Iglesia cualquier forma de política".
"Es nuestro deseo que nadie nos juzgue, injustamente, como adversarios del Santo Padre y como personas sin misericordia. Lo que hemos hecho y estamos haciendo nace del profundo afecto colegial que nos une al Papa y de la apasionada preocupación por el bien de los fieles", apuntan.
En realidad, la carta supone una enmienda a la totalidad a la Amoris Laetitia y a la misericordia del Papa ante algunas realidades, que aparecen en los puntos 300 a 305 de la exhortación y que, en opinión de los cardenales ultraconservadores, son "dudas" que Francisco ha de responder con un "sí o con un no".
"Para muchos -obispos, párrocos, fieles- estos párrafos aluden, o también enseñan explícitamente, un cambio en la disciplina de la Iglesia respecto a los divorciados que viven en una nueva unión, mientras que otros, admitiendo la falta de claridad o también la ambigüedad de los pasajes en cuestión, argumentan sin embargo que estas mismas páginas pueden ser leídas en continuidad con el magisterio precedente y no contienen una modificación en la práctica y en la enseñanza de la Iglesia".
Francisco ya había chocado con los sectores más conservadores desde que intentó modificar el status de la Curia vaticana, para cumplir con el cometido del Cónclave que lo eligió Papa: construir una Iglesia pobre y para los pobres, alejada de la autorreferencialidad y con la misericordia y la apertura al mundo como marcos de actuación.
Ahora, la contestación surge por la cuestión de los divorciados vueltos a casar; antes, lo fue por el medio ambiente o sus palabras contra el capitalismo salvaje. Curiosamente, los mismos cardenales que critican al Papa defienden abiertamente las expresiones, cuando menos cuestionables, del presidente electo de Estados Unidos, Donald Trump.
Los firmantes del escrito también aprovechan para arremeter contra el prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, Gerhard Müller (quien curiosamente también estaría incluido en el grupo de ultraconservadores), quien también dio la callada por respuesta a la petición de los cuatro cardenales.
"Con profundo respeto nos permitimos pedirle, Santo Padre, como supremo Maestro de la Fe llamado por el Resucitado a confirmar a sus hermanos en la fe, que dirima las incertidumbres y clarifique, dando benévolamente respuesta a las ‘Dudas' que nos permitimos adjuntar a la presente", aseguran Cafarra, Burke, Brandmuller y Meisner.
Esta es la carta, y las "dudas" planteadas al Papa
Al Santo Padre Francisco
y para conocimiento a Su Eminencia Cardenal Gerhard L. Müller
Beatísimo Padre,
Tras la publicación de Su Exhortación Apostólica "Amoris laetitia", teólogos y eruditos propusieron interpretaciones no sólo divergentes, sino también contradictorias, sobre todo a causa del capítulo VIII. Además, los medios de comunicación enfatizaron esta disputa, provocando incertidumbre, confusión y alarma entre muchos fieles.
Por eso, a quienes suscribimos esta carta, y también a muchos obispos y presbíteros, nos han llegado numerosas peticiones por parte de fieles de distintas clases sociales sobre la correcta interpretación que hay que dar al capítulo VIII de la Exhortación.
Ahora, impulsados en conciencia por nuestra responsabilidad pastoral y deseando hacer realidad cada vez más esa sinodalidad a la cual Su Santidad nos exhorta, con profundo respeto nos permitimos pedirle, Santo Padre, como supremo Maestro de la Fe llamado por el Resucitado a confirmar a sus hermanos en la fe, que dirima las incertidumbres y clarifique, dando benévolamente respuesta a las "Dudas" que nos permitimos adjuntar a la presente.
Quiera Su Santidad bendecirnos, mientras Le prometemos recordarle constantemente en nuestras oraciones.
Card. Walter Brandmüller
Card. Raymond L. Burke
Card. Carlo Caffarra
Card. Joachim Meisner
Roma, 19 de septiembre de 2016
Las dudas.
1. Se pregunta si, según lo afirmado en "Amoris laetitia" nn. 300-305, es posible ahora conceder la absolución en el sacramento de la Penitencia y, en consecuencia, admitir a la Santa Eucaristía a una persona que, estando unida por un vínculo matrimonial válido, convive "more uxorio" con otra, sin que se hayan cumplido las condiciones previstas por "Familiaris consortio" n. 84 y luego confirmadas por "Reconciliatio et paenitentia" n. 34 y por "Sacramentum caritatis" n. 29. La expresión "en ciertos casos" de la nota 351 (n. 305) de la exhortación "Amoris laetitia", ¿puede aplicarse a divorciados que están en una nueva unión y siguen viviendo "more uxorio"?
2. ¿Sigue siendo válida, después de la exhortación post-sinodal "Amoris laetitia" (cfr. n. 304), la enseñanza de la encíclica de San Juan Pablo II, "Veritatis splendor" n. 79, fundamentada en la Sagrada Escritura y en la Tradición de la Iglesia, respecto a la existencia de normas morales absolutas, válidas sin excepción alguna, que prohíben acciones intrínsecamente malas?
3. Después de "Amoris laetitia" n. 301, ¿es posible afirmar todavía que una persona que vive habitualmente en contradicción con un mandamiento de la ley de Dios, como por ejemplo el que prohíbe el adulterio (cfr. Mt 19, 3-9), se encuentra en situación objetiva de pecado grave habitual (cfr. Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, Declaración del 24 de junio del 2000)?
4. Después de las afirmaciones de "Amoris laetitia" n. 302 sobre las "circunstancias que atenúan la responsabilidad moral", ¿se debe considerar todavía válida la enseñanza de la encíclica de San Juan Pablo II, "Veritatis splendor" n. 81, fundamentada en la Sagrada Escritura y en la Tradición de la Iglesia, según la cual: "las circunstancias o las intenciones nunca podrán transformar un acto intrínsecamente deshonesto por su objeto en un acto subjetivamente honesto o justificable como elección"?
5. Después de "Amoris laetitia" n. 303, ¿se debe considerar todavía válida la enseñanza de la encíclica de San Juan Pablo II, "Veritatis splendor" n. 56, fundamentada en la Sagrada Escritura y en la Tradición de la Iglesia, que excluye una interpretación creativa del papel de la conciencia y afirma que ésta nunca está autorizada para legitimar excepciones a las normas morales absolutas que prohíben acciones intrínsecamente malas por su objeto?
Religión Digital (14 de noviembre de 2016)
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