lunes, 1 de febrero de 2021

El Aborto y La Ley Natural

por Sebastián Pierpauli *


Tomás de Aquino, mencionado en el Congreso de la Nación Argentina, señala que la capacidad del hombre para razonar puede, por momentos, verse obscurecida, aunque no de un modo definitivo. Es decir, el mal razonar puede subsanarse. Este obscurecimiento parece observarse cuando determinados legisladores y la sociedad misma transcurren extensas horas discutiendo acerca del derecho a la vida. Se trata nada menos que del derecho a nacer.

El reconocido doctor Abel Albino reflexionando sobre este punto se escandaliza y con razón. Se está debatiendo sobre el derecho de un niño a nacer o no. Se debate sobre la disponibilidad o momento hasta el que se puede disponer totalitariamente de su vida para eliminarlo y arrojarlo a un cesto de basura.

El hecho mismo de "debatir" acerca del "derecho" a eliminar una vida hasta tal o cual semana resulta manifestativo de una crisis de racionalidad del mundo y, hoy, de la política argentina. Se debate acerca del derecho a eliminar la vida indefensa como se debate acerca de un tributo, una jubilación, o cualquier otra ley. Este debate refleja el abandono de nuestra "naturaleza privilegiada" que nos permite razonar y de este modo conocer la ley natural. Se argumenta, aunque sin razonar debidamente, y pretendiendo con ello justificar un "supuesto derecho" unilateral a decidir sobre la vida del niño.

Tomás de Aquino, la tradición iusnaturalista que éste recoge, y la segunda escolástica (Soto, Vázquez, Vitoria, Suárez), fuentes indudables del derecho internacional, señalan que "todo" hombre tiene la posibilidad de conocer de un modo "inmediato" un primer principio o precepto práctico según el cual "el bien debe ser hecho y el mal evitado". Cuando se afirma "todo hombre" ello significa que este conocimiento, que "obliga" propiamente en cuanto es ley, no resulta exclusivo de ninguna persona, formada o no, creyente o no, sino que se trata de una percepción común existente en todo tiempo y lugar.
Todos los hombres que pueden razonar saben de un modo inmediato qué es bueno y qué es malo en lo que respecta a los primeros preceptos de la ley natural. De acuerdo con estos primeros preceptos fácilmente determinables, ninguna persona razonable afirmaría que puede ser bueno establecer el derecho a imponer impuestos que tornen imposible el vivir, o que deban legalizarse algunos delitos porque los mismos resulten una realidad casi eterna. Del mismo modo ninguna persona de buen razonar podría afirmar que debe abolirse la legítima defensa. Respecto a estos casos evidentes difícilmente podemos incurrir en un relativismo respecto a lo que es debido o no.

En el caso del derecho a la vida del niño por nacer, de acuerdo con el pensamiento de Tomás de Aquino, podría suceder que alguna persona padezca un obscurecimiento del precepto que exige respetar esta vida. Sin embargo, el mismo autor señala que tratándose de las derivaciones inmediatas de la ley natural dicha ignorancia es fácilmente superable. Es decir, casi inmediatamente toda persona puede conocer el precepto que obliga a respetar la vida. El problema entonces no estará en reconocer la existencia del precepto que obliga, sino en la actitud que se asuma ante los preceptos evidentísimos tales como hacer el bien, no delinquir, defender la propia vida, respetar el derecho a vivir del niño por nacer.

De acuerdo entonces con el iusnaturalismo propuesto por Tomás de Aquino, toda persona que razona adecuadamente, y que no actúa de mala fe negando la realidad, conoce con facilidad que desde la misma concepción se está ante una vida humana e, inmediatamente, recibe la "impresión" y conocimiento de esa ley natural que le demuestra que debe respetar esa vida "humana". Que un político argentino ministro de "salud" se refiera a estas vidas como fenómenos, cosificándolos, es un desprecio no solo a esas vidas indefensas, sino también una subestimación del sentido común ciudadano y un desprecio a la racionalidad de que tratamos.

Por esa fácil determinación de la ley natural, de lo bueno y malo que no solo señala o "indica" un deber ser, sino que propiamente "obliga" es que, eso que es debido para el simple ciudadano, formado o no, etc., es igualmente debido para la comunidad internacional y por ello se incorporó en la legislación nacional e internacional el derecho a la vida del niño desde su misma concepción. El consenso humano no hace sino reconocer la realidad de la vida desde la concepción y tal realidad es el fundamento del reconocimiento legal en los Tratados Internacionales y Constituciones de cada nación. En otras palabras, la ley natural, universal, objetiva, imprescriptible en su obligación, es fundamento y precede a la ley humana.

En los planteos de diversos políticos pro aborto se observa un mecanismo de subjetivación y relativismo respecto a la existencia de esa vida humana. De este modo algunos señalan que el niño por nacer “no es persona”, que “es un conjunto de células”, etc. Dado que los primeros preceptos de la ley natural resultan evidentísimos, como ya se dijo, nos encontramos entonces con un voluntarismo que se propone negar por el puro querer la existencia y derechos de la persona por nacer. De este modo es la "auctoritas" la que define y establece qué es o no derecho, quién tiene o no derecho a vivir. Esta decisión voluntarista, sin sustento en la realidad del inicio de la vida es la que determinará ese falso y supuesto "derecho a decidir" de la madre que elimina a su hijo. Surge entonces la pregunta ¿Y qué sucede con la vida del niño y sus derechos? La respuesta práctica que observaremos será que, dado que no resulta posible “armonizar” esta decisión de matar, con el derecho del niño a vivir, entonces harán desaparecer directamente toda consideración respecto al niño y sus derechos. Su existencia es radicalmente ignorada. Esto es lo que observamos en el fallo F.A.L. y en los últimos proyectos y protocolos de aborto no punible de la República Argentina. Esto es un decisionismo legal.

Por los motivos desarrollados es que nunca será razonable, aun con votos mayoritarios, que la estafa, el robo, el homicidio agravado de un indefenso etc. resulten legales por el solo hecho de la decisión del legislador. Esto lo confirma en Las Leyes el precristiano Cicerón, aunque no por ello irreligioso, quien afirma que "si los derechos se fundaran en las decisiones de los príncipes y las sentencias de los jueces, sería jurídico el robo, jurídica la falsificación, jurídica la suplantación de testamentos".

Referirse a Tomás de Aquino y a la tradición iusnaturalista resulta necesario no solo para conocer la realidad, características e implicancias de la ley natural, sino para concluir que la utilización del nombre del Aquinate con el objetivo de justificar la matanza de niños no resulta acorde con los principios establecidos por el mismo en sus tratados acerca de la moral.

En definitiva, como se dijo, todos podemos conocer con facilidad los primeros principios de la ley natural, todos podemos conocer que eliminar a un niño nunca puede ser razonable. Todos podemos entender también que resulte razonable el sufrimiento del trauma post aborto desde que todo ser humano racional puede saber que lo que se ha eliminado, para siempre, no es una "simple cosa", sino una vida humana que se iniciaba. Sin embargo, el hombre puede incurrir en irracionalidad, proponer leyes y obrar contra la legalidad establecida por la ley natural.

Agustín de Hipona y El Aquinate, ambos citados por diversos políticos, tratando acerca de la ley humana señalan que aquello que es contrario a la razonabilidad de la ley natural nunca será propiamente ley, sino "corruptio legis", corrupción de ley, violencia. Aquello que es contrario a la ley natural, al orden natural "impreso" en todas las cosas, nunca podrá legítimamente obligar ni ser verdadera ley, desde que la existencia de la ley natural y su razonabilidad intrínseca, prevalecen por sobre las manos que se levantan y el puro consenso humano. De este modo el aborto provocado podría un día ser legal pero, desde que se opone a lo razonable y debido de un modo evidente, no dejará de ser corrupción y violencia contra una vida inocente e indefensa.

* Abogado y miembro de la Sociedad Tomista Argentina.

La  Prensa      21.12.2020

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