Se trata de un sistema de familia sin familia (tácito) y una sociedad conyugal sin sociedad conyugal (expreso).
Por Enrique Díaz Araujo.
“Familiaridades”. Nos dice el diccionario (en segunda acepción): “Cuando la llaneza y confianza es excesiva e inadecuada. Se emplea sobre todo en plural:” no me gustan esas familiaridades” Se torna excesiva familiaridad. Confianzudo”
Algo de eso pareciera que ha pasado con el anteproyecto que reforma el Código Civil, en la parte correspondiente al régimen de la familia, elaborado por una comisión presidida por Elena Highton de Nolasco, e integrada por Aída Kemelmajer de Carlucci, Ricardo Lorenzetti (¿ o Lorenzino?) y otros varios. Sumariamente, se trata de un sistema de familia sin familia (tácito) y una sociedad conyugal sin sociedad conyugal (expreso).
Ya habrá juristas que ilustradamente se ocupen de desguazar este mamotreto de 793 páginas. Pero, entre tanto, y conforme a las primeras noticias periodísticas ( cfr “La Nación” del 1° de abril de 2012, págs.1 y 20), algo, al bulto, se puede adelantar del proyecto, que más que “ reforma” implica “revolución”, o si se quiere ser más exacto, “regresión”. Retroceso hacia la época anterior al Código Romano de Justiniano. Esto, porque lo que aquí se pretende seguir llamando “familia”, no es tal, ni es clan, gens o institución por el estilo. Es nada más que “acracia” y libertinaje aplicado a las relaciones de los cónyuges entre sí y con sus hijos.
Veamos:
1) Nacimiento: en apariencia se respetaría la noción de que la existencia de la persona humana comienza con la concepción en la mujer. Declaración engañosa, porque acto seguido se añade: “. Si no nace con vida, se considera que la persona nunca existió”. No que nazca muerto, sino que se evapora como persona. , dicho de otra manera: solo se es “persona” a partir del momento que se nace vivo, no desde la concepción.
2) Nombre y apellido: los padres pueden inscribir a sus hijos con tres nombres (¿ porque no cuatro?) y con los apellidos que se les dé la gna. Y si ellos no se ponen de acuerdo sobre el particular, el encargado del Registro Civil los pondrá, previo sorteo. Así, alguien en adelante podrá llamarse Wikipedio Burdégano Guachiturro, o Johnatan Nahuel, etc. Es un método de volver al tiempo del Hotel de Inmigrantes, donde un vecino mío, italiano, se apellidaba ‘Sozzi’, como le aclaró al empleado dela Aduana, que se escribía con doble zeta, este colocó ‘Sozzi Dupiazeta.’ Así quedó Como Circuncisión Castro o Felipe Lotas, o Serapio Joso. En verdad, está mal dicho “padres”, pues el anteproyecto aclara que “ ya no hay padres y madres sino “relaciones filiatorias”.
Esto esta muy bien, toda vez que es perfectamente coherente con los capítulos posteriores sobre los sodomitas igualados, los bioquímicos “asistentes” y otros garañones. Incluso se debería haber prohibido los insultos que aluden a la condición de la madre en los partidos de fútbol. O sea: que acá no queda otra cosa más “ madres que las parió” que las parientas del oficialismo legislativo.
3) Alteraciones genéticas: con la concepción, aquí se hacen juegos de malabares. En principio se prohiben. Pero acto seguido exceptúan los casos de enfermedades genéticas o de “predisposiciones genéticas”; lo que vaya a saber Dios ( perdón: es un decir antiguo) qué significa. Al parecer es otro “vivala Pepa”.
4) Casamiento: los anteproyectistas, reemplazando al Creador del universo, declaran que ya no hay hombre y mujer. Luego, los que se casan no son tales sino solo “contrayentes”. Esto ya estaba en la ley del “Matrimonio igualitario”, cuyo iniciador por los años treinta fue Discepolín, con aquello de que “ los inmorales nos han igualado”.
Modificación tan trascendente como la anterior es la supresión de la “fidelidad” conyugal. Luego “ el adulterio no existirá en términos jurídicos”, los conyuges “ ya no se deberán fidelidad”. Basta con “asistencia y alimentos”. Las autoras tal vez se hayan inspirado en el Paraíso de las Huríes musulmán o en las normas mormónicas poligámicas del estado de Utah. Tampoco los cónyuges estarán obligados a vivir bajo el mismo techo. Si esto se conecta con el tema de la “fidelidad”, o mejor dicho, de la infidelidad, es correcto, así el marido no tiene que pescar a su mujer acostada con otro.
Tratamiento: cualquiera de los cónyuges se puede llamar ‘señor’ o ‘señora de’ .Recuerdo que en Mendoza, medio en broma, le decían al Dr.Carlucci, Carlucci de Kemelmajer, porque mientras él ejercía muy lucrativamente su profesión de abogado, ella era ministra dela CorteSuprema.Quizá eso haya influído para este registro novedoso. Muchas “doñas” que llevan pantalones en su casa, podrán asi blanquear su posición dominante.
Regalos: su devolución entre los ex novios. En la reglamentación de esta norma habrá que incluir los libros copiadores para anotar las golosinas que se intercambiaron. Las promesas, claro está, han sido eliminadas. Ahora son todos amores de estudiantes: hoy una promesa, mañana una traición.
5) Acuerdo prenupcial: se terminó la sociedad conyugal. Cada uno hace uno hace su inventario de bienes, y manifiesta que los mantendrá separados. “Lo mío es mío”, ¿ que tanto!. Al no tener que remar juntos, cada cual se baja del bote cuándo, cómo y por donde quiere.” Esta reforma – dicen-va a beneficiar al matrimonio sin lugar a duda” ¡ Supóngase! “- Y que lo digas”, anotan los gallegos.
6) Divorcio: las personas serán libres de “ separarse cuando así lo quieran, sin tener que demostrar a nadie por qué o quién tuvo la culpa, y la pareja para disolverse ni siquiera tendrá que ponerse de acuerdo. Desaparece la llamada causal objetiva, que implica que para dictar el divorcio, deban transcurrir tres años desde la separación” Divorcios en una semana. Divorcio “exprés”. Cuando en tiempos de Alfonsín se dictó la ley del divorcio vincular se definió al matrimonio como un contrato, no como una institución, como era en el Código Civil. Acá no hay más contrato, dadas las complicaciones del trámite de resolución de los mismos. Esto no es más que un papel mojado, que en lugar de guardarlo en un álbum, se lo puede colocar en el baño y uno puede sospechar que se ha inspirado en los códigos de Tanzania, Samoa o Kurdistán.
7) Uniones convencionales: para las parejas no casadas , equiparadas en sus efectos legales a los casados. Incongruencia. Redundancia. Si se proponían regular a los “parejeros”: ¿ para qué toda la sarta de disposiciones anteriores sobre el matrimonio?. Con un solo artículo que lo declarara desparecido, hubiera bastado.
En la Argentina era un “levante” por la “calentura” de un tiempito.; en España esto se llamaba “estar liados”. Cohabitan, cada uno en su casa, sin tener un fósforo en común, y sin necesidad de dar preaviso de cesantía. ¡ Chau, que te vaya bien ¡ ¡Si te he visto, no me acuerdo! ¡Hasta más ver¡
Nuevas figuras familiares: Ya que estábamos, si no hay más marido y mujer: ¿ por qué habría de haber hermanos y padrinos, etc. ? El anteproyecto corta por lo sano. Ya no hay hermanos-hermanos. Ahora pasan a ser unilaterales y bilaterales. Podrían haber añadido los bifocales y los ambidextros. Los ” afines “ vienen a ser los parientes del cónyuge “ Es decir: vaya a saber quién. Se concede derechos a los abuelos para visitar a sus nietos.
Y concluye con esta regla magnífica: “ El anteproyecto de reforma del Código Civil prohíbe expresamente el castigo físico de todo tipo”. “Se prohíbe el castigo corporal
En cualquiera de sus formas, los malos tratos que lesione o menoscabe física p psíquicamente a los niños y adolescentes”. Quedan para la reglamentación futura, las prohibiciones de los chirlitos en la cola, las reprimendas por no haber hecho los deberes, y eso de los “límites” con que tanto jorobaban los psicólogas antes de ahora. Hoy la “libertad es libre”. Lo digo en alta voz, y ¡ muera el que no piensa como yo !
Una sola pregunta: las nalgadas del hombre a la mujer: ¿ qué pasará con ellas…?
Me rectifico. Dije que esto no es familia. Sin embargo, si nos atenemos a su etimología. “familia” viene de fámulos, de los criados domésticos o sirvientes esclavos. Y bien, este libertinaje, que coloca la libertad donde Dios no la puso, sólo nos esclaviza. Pascal dixit. Es, pues, un buen régimen para los sirvientes esclavizados por los adictos a la democracia pos malvinera que supimos conseguir. Aunque también puede ser visto como una “familiaridad”, esto es, un abuso de confianza.¿Y los católicos, y la gente decente, se preguntará el lector. Nada. En este período negro dela Argentina, en estas décadas infames, debemos contentarnos con lo que hay.
Con la objeción de conciencia, por ejemplo. Con una cláusula de diferenciación que, en este caso, diga sencillamente: “Nada de lo aquí establecido regirá para las personas que se hayan inscripto como cristianos católicos en la Secretaría de Cultos. Ellos podrán proseguir con sus leyes tradicionales”. ¿Y lo demás? ¡Los parta un rayo!*
De la revista católica “Cabildo” n° 95, Judiciales, Columnista: Enrique Díaz Araujo, Titulo de la Columna: “Familiaridades”. Subtítulo: “La destrucción kirchnerista de la familia”
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